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Registrar el matrimonio aunque ya hayas celebrado la boda y el banquete: sin registro, ante la ley no eres cónyuge y, si la otra persona muere, no heredas como cónyuge

  • Valor máximo
  • Evidencia A
  • Dinero
  • Gratis
  • Unos minutos
  • Sin fuerza de voluntad

En pocas palabras

Si solo celebras la boda y no registras el matrimonio, ante la ley no eres cónyuge, solo convivencia. Si la otra persona muere, no puedes heredar como cónyuge. Y si queréis separaros, el tribunal tampoco lo tramita como divorcio. Registrarlo después lo soluciona, y sus efectos pueden retrotraerse en el tiempo.

Traducido del original en chino. Libro original, sección 10, consejo 21. El contenido puede estar desactualizado y las normas cambian según el lugar. Cuando hagas un trámite, vayas al médico o a juicio, sigue lo que te digan la administración, el médico o el abogado. Aviso legal