Escrito por este sitio a partir de fuentes oficiales españolas
Ante cualquier emergencia, llama al 112 y di primero dónde estás y qué ha pasado
- Valor máximo
- Evidencia A
- Años de vida
- Gratis
- Unos minutos
- Sin fuerza de voluntad
En pocas palabras
En toda España hay un solo número para cualquier emergencia: el 112. Sirve para ambulancia, bomberos o policía, y es gratis. Cuando te contesten, di primero dónde estás (calle, pueblo o algún sitio conocido) y qué ha pasado. Responde a todo lo que te pregunten y no cuelgues hasta que te lo digan.
- Coste
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Gratis. La llamada al 112 no cuesta nada. Lo único que hay que hacer antes es aprenderse el número.
- Qué ganas
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El Real Decreto 903/1997 habilita en toda España «el número telefónico 112 de llamadas de urgencia único europeo» y dispone que los ciudadanos, marcando el 112, «accederán de forma gratuita» a los centros que atienden esas llamadas. Cada comunidad autónoma presta el servicio y tiene su propio centro 112 (art. 5). Además, la Policía Nacional atiende en el 091 los delitos que están ocurriendo en ese momento, y la Guardia Civil atiende en el 062 «las 24 horas del día, los 365 días del año». Qué decir al llamar: hay que responder a dos preguntas, «¿qué ha ocurrido? y ¿dónde?». Si estás en un pueblo o ciudad, fíjate en el nombre de la calle, plaza o avenida; si estás en el campo, di el nombre de la finca o del camino. Te pedirán dónde tiene lugar la emergencia; contesta a todas las preguntas y no cuelgues hasta que te lo indiquen. Puedes llamar al 112 desde el móvil aunque no tengas PIN ni cobertura de tu operadora, siempre que haya cobertura de alguna compañía.
- Notas
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Válido en toda España. El 112 lo gestiona cada comunidad autónoma, así que la forma de atender (idiomas, aplicaciones de localización) cambia de una a otra; consulta la web del 112 de tu comunidad. Algunas comunidades y ayuntamientos tienen además números propios de bomberos o de urgencias sanitarias, distintos según el sitio; el 112 funciona en todas. El 112 es solo para emergencias: no lo uses para pedir información.
- Nivel de evidencia
- A: Cifras concretas de metaanálisis, grandes cohortes o ensayos aleatorizados; en leyes y políticas, el texto legal u oficial.
- Fuentes
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- Boletín Oficial del Estado. Real Decreto 903/1997, de 16 de junio, acceso al servicio de atención de llamadas de urgencia a través del número 112 (arts. 1, 3 y 5). https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1997-14058
- Guardia Civil. Formas de contacto (062 y 112). https://web.guardiacivil.es/es/tramites/formascontacto_131219/
- Policía Nacional. Oficina Virtual de Denuncias (091 o 112 para delitos en curso). https://denuncias.policia.es/OVD/
- Junta de Andalucía. Emergencias 112: cómo actuar, recomendaciones. https://www.juntadeandalucia.es/organismos/sanidadpresidenciayemergencias/areas/interior/emergencias-112/recomendaciones/paginas/como-actuar-recomendaciones.html
- Generalitat de Catalunya. 112 Emergencias: preguntas frecuentes. https://112.gencat.cat/es/us-del-112/preguntes-frequeents/index.html
Fuentes comprobadas el 2026-10-12
El contenido puede estar desactualizado y las normas cambian según el lugar. Cuando hagas un trámite, vayas al médico o a juicio, sigue lo que te digan la administración, el médico o el abogado.