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Escrito por este sitio a partir de fuentes oficiales españolas

Comprueba que cada hora extra te la pagan al menos como una hora normal o te la devuelven en descanso en cuatro meses

  • Valor moderado
  • Evidencia A
  • Dinero
  • Gratis
  • Unos minutos
  • Algo de voluntad

En pocas palabras

En España no hay un recargo fijo por ley para las horas extra: se pagan como diga tu convenio o tu contrato, pero nunca por debajo de lo que vale una hora normal. Si no hay pacto, te las tienen que compensar con descanso pagado en los cuatro meses siguientes. Como mucho se pueden hacer 80 horas extra al año y, salvo pacto, son voluntarias. La empresa está obligada a registrar cada día a qué hora empiezas y terminas, y a guardar ese registro cuatro años.

Coste

Gratis. Pide a la empresa tu registro diario de jornada y apunta tú también tus horas. Lo difícil es hacerlo todos los meses.

Qué ganas

Estatuto de los Trabajadores, art. 34: la jornada ordinaria máxima es de «cuarenta horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual»; no más de nueve horas ordinarias al día, salvo otra distribución por convenio o acuerdo; al menos doce horas de descanso entre jornadas. Art. 35: son horas extraordinarias las que superan la jornada máxima ordinaria. Por convenio o, si no, por contrato se elige entre pagarlas «en la cuantía que se fije, que en ningún caso podrá ser inferior al valor de la hora ordinaria», o compensarlas con descanso retribuido; «En ausencia de pacto al respecto», se compensan con descanso «dentro de los cuatro meses siguientes a su realización». Máximo: «ochenta al año» (sin contar las compensadas con descanso en esos cuatro meses), menos si trabajas a tiempo parcial. Son voluntarias, salvo que se hayan pactado en convenio o contrato dentro de ese límite. Las horas extra se registran día a día y se entrega al trabajador copia del resumen con la nómina. Art. 34.9: «La empresa garantizará el registro diario de jornada», con hora de inicio y fin, y lo conservará «durante cuatro años» a disposición de los trabajadores, sus representantes y la Inspección de Trabajo.

Notas

Ley estatal para trabajadores por cuenta ajena. Cuánto se paga cada hora extra depende de tu convenio colectivo: pide a la empresa que te diga cuál se te aplica, o pregunta en tu sindicato. Si no te pagan las horas extra, se reclaman como salario (ver la ficha de salarios impagados: un año de plazo) y puedes denunciar ante la Inspección de Trabajo la falta de registro de jornada.

Nivel de evidencia
A: Cifras concretas de metaanálisis, grandes cohortes o ensayos aleatorizados; en leyes y políticas, el texto legal u oficial.
Fuentes
  1. Boletín Oficial del Estado. Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (arts. 34 y 35). https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430

Fuentes comprobadas el 2026-10-12

Sustituye en el original

El contenido puede estar desactualizado y las normas cambian según el lugar. Cuando hagas un trámite, vayas al médico o a juicio, sigue lo que te digan la administración, el médico o el abogado.